- El programa cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros para impulsar la digitalización de pymes y autónomos
- Las bases que regulan la concesión de ayudas a pymes y autónomos para la adopción de servicios digitales dentro del programa ‘Kit Digital’ ya están publicados en el BOE
El programa cuenta con un presupuesto de 3.067 millones de euros para 2021-2023 y su objetivo es ofrecer a las pymes y autónomos soluciones de digitalización en diversos ámbitos.
A través del Programa ‘Kit Digital’ las empresas podrán acceder a ayudas para impulsar la digitalización en ámbitos como el comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la ciberseguridad, la implantación de la factura electrónica, el business intelligence y analítica, servicios y herramientas de oficina virtual o la digitalización de las relaciones con los clientes, entre ellas.
Según las bases del programa, cuando se lancen las convocatorios, las empresas podrán acceder a las ayudas según el número de empleados. En el caso de tener entre 10 y 50 empleados, las empresas podrán acceder a ayudas de 12.000. Aquellas de entre 9 y 3 empleados podrán acceder a 6.000 euros de ayudas. Finalmente, las empresas de menos de 3 empleados podrán acceder a ayudas de 2.000 euros.
En cuanto a las condiciones que han de cumplir las empresas para solicitar las ayudas, además de cumplir con la normativa de la Ley General de Subvenciones, las empresas y autónomos deberán disponer de la evaluación de madurez Digital, conforme al test de diagnóstico que pone a disposición la plataforma Acelera Pyme.
Las soluciones y servicios de digitalización serán ofrecidas por entidades adheridas al programa ‘Kit Digital’, que se convertirán en ‘agentes digitalizadores’ y su función será facilitar a las pymes y autónomos el acceso a las ayudas. Las compañías interesadas en ser identificadas como ‘agente digitalizador’ podrán adherirse a través de la sede electrónica Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, próximamente.
Las empresas interesadas en solicitar el ‘bono digital’ disponen de al menos tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria –o hasta el agotamiento del crédito presupuestario- para presentar su solicitud. Tendrán un plazo máximo para la firma de los ‘Acuerdos de prestación de Soluciones de Digitalización’ entre las empresas beneficiarias y los ‘Agentes Digitalizadores Adheridos’ de seis meses desde que se les notifique la concesión del ‘bono digital’.
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