Conoce las últimas novedades sobre la facturación electrónica

A partir de 2025, la facturación electrónica será obligatoria para todas las empresas en España. Además, también se extenderá la obligatoriedad para las operaciones comerciales entre empresas. ¡Te contamos todos los detalles aquí!

En España hay aproximadamente más de 2.935.000 pymes que se han visto afectadas por la Ley Crea y Crece. A raíz de esta Ley, desde el 1 de enero de 2023 la factura electrónica es de carácter obligatorio para todos aquellos autónomos o empresas con una facturación superior a los 8 millones de euros anuales. A partir de 2025, será obligatoria para autónomos o empresas que facturen una cantidad inferior a los 8 millones de euros anuales. Además, dentro de poco también será obligatoria para las operaciones comerciales entre empresas y profesionales.

Por ello, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha lanzado una consulta pública sobre la Ley Crea y Crece. Esta consulta permite que pymes y autónomos hagan aportaciones antes de que se redacte el proyecto de Reglamento Técnico que desarrolla la Ley.

A continuación, te contamos en qué consiste la factura electrónica, y las implicaciones que tendrá la obligatoriedad de la facturación electrónica para las operaciones comerciales entre empresas y profesionales.

¿Qué es la factura electrónica?

Como indica el Ministerio de Hacienda, la factura electrónica es una factura emitida en formato electrónico. A efectos legales, tiene los mismos que una factura de papel convencional.

Distinguimos dos tipos de facturas electrónicas:

  • Estructuradas: los datos son generados automáticamente por los sistemas de facturación.
  • Sin estructurar: generalmente se emiten directamente en formato PDF, pero también pueden ser escaneadas en papel.

¿Qué ventajas ofrece la factura electrónica para los autónomos?

La factura electrónica permitirá hasta un 60% de ahorro de los costes a los autónomos. Entre sus ventajas, destacan:

  • Facilita la colaboración entre los departamentos de administración.
  • Permite un control preciso de las transacciones.
  • Contribuye a la mejora del medio ambiente, eliminando los costes de impresión y envío postal
  • Reduce los errores humanos.

¿Qué supone la extensión de la factura electrónica en operaciones empresariales?

Como se comenta anteriormente, el Gobierno ha puesto en marcha una consulta pública en la que pymes y autónomos podrán participar antes de que se redacte el proyecto de Reglamento Técnico. La fecha límite de participación es el 22 de marzo de 2023.

Dentro de esta consulta pública se contempla la idea de extender la obligatoriedad de la facturación electrónica a las operaciones empresariales. Esta nueva extensión de la factura electrónica garantizará un mayor control de los pagos, contribuyendo al cumplimiento de la normativa de morosidad general y sectorial. Además, los costes de las transacciones se reducirán gracias a la integración de todas las funciones de facturación, ganando así rapidez y eficiencia.

Con el objetivo de facilitar su implementación entre pymes y autónomos, la Administración Pública pondrá a disposición de autónomos y empresas una infraestructura pública para acceder a la factura electrónica. Además, podrán contar con el apoyo de las soluciones del Kit Digital que contamos a continuación.

¿Cómo me puede ayudar el Kit Digital en la implementación de la facturación electrónica?

Si eres una pyme o autónomo, podrás contar con el apoyo del Kit Digital para implementar la facturación económica en tu empresa, y así cumplir con la nueva normativa impuesta.  

Gracias a la solución de factura electrónica, podrás tener digitalizado el flujo de emisión y recepción de las facturas tanto de tus clientes como de tus proveedores.

Entre las funcionalidades y servicios que podrás disfrutar, destacan:

  • Envío y recepción de facturas: tendrás la posibilidad de enviar y recibir facturas electrónicas directamente, al menos por correo electrónico.
  • Facturación ilimitada: podrás emitir y recibir un número ilimitado de facturas.
  • Clientes ilimitados: capacidad de enviar facturas a un número ilimitado de clientes.
  • Emisión de facturas verificables: las facturas serán verificables con la Agencia Tributaria por parte del comprador.

El importe máximo de la ayuda es de 2.000€ dividido en:

  • 0 < 3 empleados: 1.000€ (incluye 1 usuario).
  • 3 < 9 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios).
  • 10 < 50 empleados: 2.000€ (incluye 3 usuarios).

Además de esta ayuda del Kit Digital, las pymes y autónomos disfrutarán de amplios periodos transitorios, y formulas adaptadas de remisión. Esta nueva extensión de la factura electrónica supondrá un impulso adicional en la digitalización de las pymes y autónomos en el marco del Plan de Recuperación.

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